El juez Peinado ha llevado a cabo una instrucción sobre las
actividades académicas de la mujer del presidente, buscando prospectivamente
indicios delictivos de hechos de la denuncia que han quedado fuera de la causa
(adjudicación de contratos al empresario Barrabés), para acabar enviándola a
juicio oral por otros ilícitos distintos que no se concretan, atribuyéndole un
aprovechamiento de su condición de mujer del presidente. Un aprovechamiento
inútil porque el juez ha sido incapaz de especificar el beneficio económico que
obtuvo la acusada por ese presunto tráfico de influencias.
Además, en un auto tan errabundo como arbitrario, el juez
Peinado considera que la acusada utilizó el apoyo de su asistente en La Moncloa
para ejercer su actividad profesional y académica, a pesar de tratarse de
actuaciones completamente ajenas a las "funciones institucionales” que el
magistrado imagina le corresponden como cónyuge del presidente. En razón a ello, la acusa, junto a la
asistente, de malversación en la contratación de su ayudante.
Por este presunto e inverosímil delito, el juez quiso
imputar también al ministro Félix Bolaños porque el nombramiento de la
asistente se realizó cuando este era director general de Presidencia. Pero el
Tribunal Supremo rechazó la propuesta del juez. No obstante, también llegó a
imputar durante un tiempo a los sucesores del ministro en el cargo por el mismo
motivo, aunque finalmente retiró las imputaciones. No pudo escarbar más.
Y aunque no se vislumbra ni un atisbo de conductas
criminales en base a los hechos investigados, el ínclito juez Peinado ha
querido darse un homenaje por su jubilación enviando al banquillo a Begoña
Gómez, acusada, por lo que se deduce de su auto, de ser la esposa del
presidente del Gobierno. ¡Cosas veredes, amigo Sancho!
Y lo que es más grave: que a sus autores no les importa el
descrédito reputacional que le hacen con sus actuaciones a la justicia, como poder
independiente que garantiza el cumplimiento de la ley en un Estado de derecho y
como sustento de la democracia.
Aquella sentencia, escribía el exjuez Garzón, que condenó al
exfiscal general ha marcado un antes y un después en la concepción y la
credibilidad que se tiene de la justicia. Y la instrucción rocambolesca del
juez Peinado participa de lleno en vaciar de contenido a la justicia, que
debería estar caracterizada por la virtud como institución social, del mismo
modo que la verdad en los sistemas de pensamiento, como afirmaba el filósofo
John Rawls.
Ese “uso indebido de instrumentos jurídicos para fines de
persecución política, destrucción de imagen pública e inhabilitación de un
adversario político”, es lo que se conoce como lawfare (anglicismo que
proviene de law (derecho) y warfare (guerra), según la definición
de Vollenweider y Romano citada en el libro de Garzón (La democracia amenazada,
Planeta, 2026).
Un lawfare al que el juez Peinado se ha sumado poniéndole
la guinda de una instrucción que pasará a los anales de la injusticia.


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