Con los años, el piso ha cambiado dos veces de propietario
hasta acabar en manos de un fondo de inversión. Estos nuevos propietarios le
exigieron actualizar el alquiler y los 2.650 euros de mensualidad, para su
pensión de 1.350 euros, eran inasumibles, por lo que se activaron los
mecanismos legales para echarla de la vivienda. Su caso, no obstante, solo es uno
de los muchos que sufren diariamente los inquilinos de viviendas en nuestro
país. Y lo que nos incita a reiterar la pregunta: ¿es la vivienda un derecho?
El desahucio de esta inquilina nos mueve a pensar que el
derecho a la vivienda, que la Constitución recoge en su artículo 47 reconociendo
a todas las personas el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada,
es más formal que material. Es decir, constitucionalmente se reconoce un
derecho como norma (formal), pero sus efectos y contenido no acaban de
regularse, por muchas leyes de la vivienda que se hayan elaborado, para que sea
efectivo (material), como otros derechos.
Porque el de la vivienda no parece un derecho tan protegido
como el de la salud (Art. 43) o el de educación (Art. 27). Y no lo es porque ni
los legisladores que lo redactaron ni los gobiernos que podían desarrollarlo
han querido hacerlo, aunque tuvieran instrumentos para ello. Todo “arreglo”
introducido en su desarrollo ha sido obligado por las circunstancias -como las acampadas
en la actualidad-, entre otras razones, porque el derecho a la vivienda
colisiona frontalmente con otro derecho: el derecho a la propiedad. Cualquier
mejora en uno va en detrimento del otro. Y por esta razón asistimos hoy,
perplejos, a desahucios forzosos y violentos de personas indefensas por mor de
la voracidad del mercado.
Inmersos en el capitalismo, hemos naturalizado la existencia
de un mercado inmobiliario. Asumimos como “normal” que la vivienda sea tratada
como una mercancía más, sujeta a la dinámica de la oferta y la demanda, que es
la que determina los precios. Este negocio inmobiliario es uno de los más
activos de la economía, hasta el punto de crecer y fortalecerse cada vez más
con medidas legales que lo protegen y amparan. Y ello hace que la ley priorice
el derecho del casero al del inquilino a tener una vivienda.
Y es que, mientras actuamos como propietarios y podemos
esperar plusvalías de nuestros inmuebles, nos parece fantástico este sistema.
Pero si somos inquilinos o poseedores de una deuda hipotecaria, que incrementa
sin parar su mensualidad, el mercado nos resulta sumamente injusto. ¡Dónde
queda, entonces, ese supuesto derecho a la vivienda?
Es un problema que no siempre ha sido así, aunque el pobre
siempre ha estado destinado a tener una vivienda precaria. En el mundo rural,
el campesino se construía su propia vivienda o accedía a la casa adscrita a la
tierra del señor feudal o cacique para el que trabajaba de sol a sol. Y en las
urbes, las masas trabajadoras podían aspirar a viviendas protegidas
patrocinadas por administraciones públicas, gremios industriales (telefónica,
tabacalera, etc.) o patronazgos de cualquier tipo (sociales, religiosos,
militares, sindicales, etc.). O, simplemente, arrendar una vivienda de renta
congelada, como la de la que ha sido desahuciada la inquilina madrileña.
Es relativamente reciente la necesidad de que el mercado sea
la vía exclusiva para acceder a una vivienda y que el precio sea el filtro que
discrimina a quien aspira a disfrutar de ese derecho, en función del poder
adquisitivo. Se trata de una consecuencia inevitable del capitalismo, que ha
conseguido que todas las necesidades o aspectos de la sociedad sean satisfechos
por el mercado. Una lógica que pocos discuten y todos acatamos, porque hemos
interiorizado la búsqueda obsesionada del beneficio o la riqueza por encima de
cualquier otra consideración. El beneficio como único objetivo en la vida.
Tanto como decir que ya solo pensamos y actuamos economísticamente, como
diría Tony Judt.
¿Cómo corregir esta anomalía? Pues, sin inventar nada ni
troceando decretos, recuperando la oferta de vivienda pública, sin ánimo de
lucro y fuera del mercado, que equilibre el peso que actualmente monopoliza la
oferta privada. De igual manera que coexisten la medicina pública con la
privada y la enseñanza pública y la privada, el derecho a la vivienda también
puede garantizarse con la construcción de viviendas de titularidad pública, en
paralelo con las de promoción privada.
Porque lo que impide disfrutar del derecho a la vivienda es
que el porcentaje de vivienda pública o social, de titularidad autonómica o
municipal, es solo del 3,4 por ciento, muy por debajo de la media de la Unión
Europea, que ronda el 9 por ciento. El resto del parque inmobiliario
corresponde a la iniciativa privada. Ello ocasiona un desequilibrio escandaloso
y sangrante, por cuanto la escasez de vivienda social perjudica gravemente a
una gran parte de la población, a los más necesitados y vulnerables, que no
pueden costearse el acceso a una vivienda a través de la iniciativa privada.
Además, para favorecer la equidad en la adquisición de una
vivienda, sería perentorio que las administraciones autonómicas y municipales
solo pudieran adjudicar el suelo público a la construcción de viviendas
sociales y no a ofertas del sector privado. Porque elevar sustancialmente el
porcentaje de vivienda pública hasta el 15 o 20 por ciento permitiría que la
vivienda fuese en verdad un derecho material y no un negocio solo para
pudientes y fondos buitres. Todas estas medidas posibilitarían, en última
instancia, que los alquileres contuvieran su espiral demencial de crecimiento,
al contar con un parque inmobiliario regulado y con precios tasados ajenos a la
especulación.
Si esta compatibilidad de lo público con lo privado ya
funciona con el derecho a la salud y a la educación, a pesar de todas sus
deficiencias e insatisfacciones (nada es perfecto), ¿por qué no se efectúa con
la misma intensidad con la vivienda? ¿Es que acaso la vivienda no es igualmente
un derecho?
Es función de un Estado social y de derecho procurar el
bienestar de los ciudadanos, proporcionando ciertos bienes y servicios por el
simple hecho de que son de interés público. Y porque constituyen derechos
irrenunciables. Pero, sobre todo, porque todos necesitamos servicios o bienes
(como la vivienda) cuyos costes compartimos entre todos mediante una fiscalidad
progresiva, como también señaló el citado Judt en Algo va mal. Podemos,
por tanto, exigirlos mediante manifestaciones, concentraciones, acampadas, pero,
fundamentalmente, votando. Somos nosotros los que elegimos a quienes nos
gobiernan y sus políticas socioeconómicas. Que no se nos olvide.


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